
Entidades de Verificación
Con la entrada en vigencia de la Ley 20.123 de Subcontratación, y la publicación en el D.O. el día 20 de Enero de 2007 del Reglamento sobre Acreditación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, se informa que según dicho Reglamento, el Instituto Nacional de Normalización, INN, será el encargado de acreditar las Entidades de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales.
En una etapa inicial, según el Artículo Transitorio del Reglamento, se ofrecerá una acreditación provisoria, la cual tendrá una vigencia de 1 año. Al término de esta vigencia las entidades de verificación acreditadas tendrán que contar con la acreditación regular que ofrece el INN según la norma NCh2404.Of97. Esto último hace necesario que las entidades de verificación durante su vigencia de acreditación provisoria inicien su proceso de acreditación regular para dar cumplimiento a los requisitos.
Para optar por la acreditación provisoria, las entidades de verificación deberán considerar los siguientes documentos:
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INN-R401-v04 |
Reglamento para la acreditación de organismos de evaluación de la conformidad. |
Requisitos Mínimos |
Requisitos mínimos y documentación solicitada para la Acreditación Provisoria de las Entidades de Verificación según NCh2404 |
Interpretación |
Interpretación de criterios de independencia para organismos de inspección tipo A aplicados a Entidades de Verificación según NCh2404 |
INN-F418-B |
Solicitud de Acreditación Provisoria Entidades de Verificación |
INN-R410 (Nuevo) |
Aranceles de Acreditación. |
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La División de Acreditación, informa que en la sesión del 1º de Febrero de 2007, el Consejo del INN aprobó la modificación al Reglamento INN-R410 “Aranceles de Acreditación”. El nuevo Reglamento se aplicará, para las nuevas postulaciones, a partir del 1º de Abril de 2007. Para los organismos ya acreditados o en proceso de acreditación, el nuevo Reglamento, entrará en vigor a partir del 1º de Junio de 2007.
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DA-D02 |
Directrices para la acreditación transfrontera. |
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Nota: Para optar por la acreditación regular, las entidades de verificación deberán considerar los documentos indicados en: Organismos de Inspección |
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