FAQ

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¿El INN acredita para el área reglamentaria u obligatoria?

Sí. El INN ha suscrito convenios con diversas autoridades regulatorias. En algunos casos, el requerimiento de acreditación INN ha sido incorporado en reglamentación técnica (decretos o resoluciones). Información acerca de acreditación en el área regulada se puede encontrar en el documento DA-I04 Convenios entre el INN y autoridades reglamentarias y reglamentación técnica.

¿Cómo se puede postular a la acreditación con el INN?

El INN ha dispuesto una plataforma informática en línea, SDAC, la cual incluye el Módulo de Ingreso de Solicitud de Postulación (MISP). Esta plataforma permite registrarse como usuario, validar la autorización dada por la organización para iniciar la postulación, así como completar y adjuntar la información requerida.

¿Cuánto tiempo dura cada acreditación y cuánto es el valor de ella?

Las acreditaciones son otorgadas por un período de cinco años, pudiendo renovarse al cabo de dicho período, por otro ciclo de 5 años (ver Reglamento INN-R401).

Los aranceles de acreditación pueden encontrarse en el Reglamento INN-R410 Aranceles de Acreditación.

¿Cómo puedo comprobar que un organismo/laboratorio está acreditado por el INN?

Se puede usted confirmar una acreditación en el sitio web https://www.inn.cl, Acreditación, en el Directorio de acreditados, utilizando el buscador que se ha dispuesto para estos fines.

¿En qué forma se supervisan los organismos acreditados?

Durante el período de vigencia de la acreditación, el INN realiza evaluaciones de vigilancia con el fin de verificar que el organismo de evaluación de la conformidad (OEC) acreditado, continúa cumpliendo los requisitos bajo los cuales fue otorgada la acreditación. También puede realizar visitas no anunciadas u observar actividades realizadas por los OEC acreditados.

¿La certificación o los resultados de ensayos efectuados por organismos acreditados por el INN sirve para presentarla a mis clientes extranjeros?

Sí. Los certificados o informes emitidos por organismos acreditados por el INN son reconocidos internacionalmente, debido a que el INN cuenta con los Acuerdos de Reconocimiento Multilaterales/Mutuos (MLA/MRA), lo cual significa que las acreditaciones otorgadas por el INN tienen reconocimiento internacional.

¿Un certificado emitido en otro país sirve en Chile?

Depende. En el caso de productos que están regulados y para los cuales se exige una certificación obligatoria, el organismo de certificación debe estar reconocido por la autoridad reglamentaria. Actualmente, las autoridades reglamentarias reconocen y autorizan a los organismos de certificación acreditados por INN y en algunos casos a los acreditados por otros miembros de IAF o IAAC.

En el ámbito voluntario, la aceptación de un certificado dependerá del receptor. Y en ese caso se recomienda verificar si el organismo de certificación está acreditado en su país.

¿El INN presta servicios de asesoría y/o consultoría para implementar sistemas de gestión?

No. Dado que el INN es el organismo de acreditación de Chile, en su rol no puede ofrecer servicios de asesoría o consultoría, ya que esto afectaría la imparcialidad en los procesos de acreditación.

¿Un organismo acreditado puede perder su acreditación?

Sí. Un organismo acreditado puede perder la acreditación, cuando se detectan algunas de las condiciones establecidas en el reglamento INN-R401, tales como: no solicitar la renovación de su acreditación; que el organismo se niegue a una evaluación; que un organismo no cumpla los requisitos por los cuales fue acreditado; cuando existan pruebas de comportamiento fraudulento; entre otras. En los casos en que un organismo acreditado ha cometido una infracción gravísima (ver documento INN-R408 Reglamento de infracciones y sanciones) puede perder su acreditación y no puede volver a postular por un período de tres años.