Las normas NCh-ISO/IEC 17025 e ISO 9001 exigen la calibración y el establecimiento de programas de calibración de instrumentos. ¿Cuándo y dónde puedo calibrar mis instrumentos de medición?

La frecuencia o intervalo de calibración de un instrumento de medición debe ser definido por el usuario, considerando las condiciones reales de uso y la criticidad de las mediciones que realiza. No existe un período único aplicable a todos los equipos, ya que este dependerá de factores como la frecuencia de utilización, el desgaste, las condiciones ambientales, el transporte o manipulación, la estabilidad observada en calibraciones anteriores, las verificaciones intermedias y las recomendaciones del fabricante, entre otros.

No obstante, en determinados ámbitos regulados, la autoridad competente puede establecer períodos o frecuencias obligatorias de calibración, verificación o control metrológico, conforme a la normativa o reglamentación específica aplicable.

Las calibraciones deben realizarse en laboratorios de calibración que cuenten con competencia técnica demostrada, preferentemente acreditados bajo la norma NCh-ISO/IEC 17025 para la magnitud correspondiente, o bien en institutos nacionales de metrología cuando corresponda.

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