Marco Legal
Respecto de la regulación de la metrología, en Chile se encuentran vigentes una serie de normas de distinto rango que se refieren a diversas actividades relacionadas con la ciencia de las mediciones. A nivel internacional, habitualmente, existe una ley de metrología y reglamentación orgánica que abarca de manera unitaria el actuar de los diversos agentes que operan con instrumentos de medición.
Visión preliminar sobre la estructura normativa en sus aspectos principales.
ESTRUCTURA NORMATIVA
Nivel constitucional:
La Constitución Política de la República de Chile establece en su artículo 63 las materias de ley. En el número 13 se establece que es materia de ley, es decir, facultad del poder legislativo, “Las que señalen valor, tipo y denominación de las monedas y el sistema de pesos y medidas.
Nivel legal, Ley de Pesas y Medidas:
El sistema actual de pesos y medidas se estableció por Ley S/N promulgada el 29 de enero de 1848, que se refiere a los siguientes aspectos:
- Establecimiento de un sistema métrico, correspondiente al sistema métrico decimal. Se define cada medida con sus subdivisiones.
- Obligación del uso del sistema métrico decimal en el comercio y en actos y contratos.
- Penalización del delito de fabricación, uso fraudulento y tenencia de instrumentos de medición adulterados.
- Equivalencia del sistema métrico decimal con otras unidades de medida utilizadas, así como el plazo para la total implementación del sistema legal.
ESTABLECIMIENTO DE SISTEMA MÉTRICO
Desde los primeros ensayos constitucionales, la facultad de determinar el sistema de pesos y medidas ha sido asignada al poder legislativo. Esta facultad ha sido ejercida de manera más relevante durante la vigencia de la Constitución de 1833.
La regulación del sistema de pesos y medidas se fijó por ley el año 1848 en virtud de la Ley de Pesos y Medidas de 29 de enero de ese año por la cual se establece como obligatorio el uso del sistema métrico decimal.
En el año de 1908, Chile pasó a formar parte de la Convención Internacional del Metro en calidad de Estado Miembro y en consecuencia, parte del Bureau international des poids et mesures y de la Conférence générale de poids et mesures. En virtud de esta membresía, nuestro país adscribe oficialmente al Sistema Internacional (SI).
RED NACIONAL DE METROLOGÍA
El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto con Fuerza de Ley número 88 de 1953, y de la facultad que otorga la Constitución al Presidente de la República en su artículo 32 número 6 (antiguo número 8), según en cual se configura la potestad reglamentaria, ha instituido la Red Nacional de Metrología, la que articula a distintas entidades públicas y privadas para efectos de proveer al país de un medio apto para la ejecución de las tareas propias de certificación, acreditación y verificación de medidas e instrumentos de medición.
El Ministerio de Economía ha articulado la Red Nacional de Metrología a través de la División de Metrología del Instituto Nacional de Normalización, organización que tiene como rol la coordinación y supervisión de la Red. Bajo la supervisión de esta unidad del INN están los Institutos Designados (también llamados Laboratorios Custodios de Patrones Nacionales o Laboratorios Nacionales de Referencia), los cuales fueron incorporados jurídicamente a la Red Nacional de Metrología mediante decretos del Ministerio de Economía y previa selección por la vía de concurso público licitado por CORFO y llamado para cada una de las magnitudes cuyo patrón debía custodiarse. Los referidos decretos tuvieron como antecedente convenios celebrados con cada una de las entidades ganadoras de los respectivos concursos públicos.